Nueva Ley de Incendios de Galicia 2026: qué cambia para los propietarios
El Parlamento de Galicia aprobó en septiembre de 2026 la reforma más importante en años de la Ley 3/2007 de prevención y defensa contra los incendios forestais. La norma, impulsada tras los grandes incendios de los veranos 2024-2026, cambia reglas que afectaban a cientos de miles de propietarios. Si tienes una finca en Galicia, estos son los cambios que te tocan.
1. Prohibido plantar eucalipto y pino en la franja de 50 metros
Hasta ahora, la obligación en la franja de 50 metros alrededor de viviendas y núcleos era mantenerla limpia (sin matorral alto, sin arbolado continuo). La ley no decía qué podías plantar.
Desde la nueva reforma, en esa franja no se pueden plantar ni mantener especies pirófitas: eucalipto (tanto globulus como nitens), pino pinaster y pino radiata, acacia o mimosa. Las plantaciones existentes de estas especies dentro de la franja deben eliminarse en un plazo máximo de 3 años.
¿Qué sí se puede plantar? Castaño, roble, cerezo, nogal, frutales y especies autóctonas. Es la primera vez que una ley gallega regula qué especies son admisibles en función de la cercanía a edificaciones.
2. El vecino (o el ayuntamiento) puede entrar a desbrozar
La novedad más polémica. Si una finca lleva más de 2 años sin desbrozar y el propietario está localizado pero no actúa:
- El ayuntamiento puede entrar a limpiarla y pasarle la factura al propietario (ejecución subsidiaria, cosa que ya existía pero ahora se agiliza).
- El vecino afectado —entendiendo por tal el propietario de una finca o vivienda contigua— puede solicitar al ayuntamiento una autorización excepcional para entrar él mismo a desbrozar y repercutir el coste al dueño del terreno.
Esta vía vecinal fue muy discutida en la tramitación. En la práctica, requiere pedir primero autorización municipal escrita, documentar la actuación y guardar facturas. No es un "entra y desbroza por tu cuenta".
Si eres propietario ausente, lo que esto significa es que la Xunta ya no es tu único riesgo: también lo son tus vecinos. Más razón para mantener la finca al día.
3. Franja de 100 metros en zonas estratégicas
Hasta ahora había una única franja obligatoria: los 50 metros alrededor de edificaciones. La reforma crea una segunda, de 100 metros, en lo que la ley llama zonas estratégicas:
- Entornos de infraestructuras críticas (depósitos de combustible, subestaciones eléctricas, torres de comunicaciones).
- Entornos de polígonos industriales en interfaz urbano-forestal.
- Entornos de centros educativos, sanitarios o residenciales mayores en el rural.
- Zonas declaradas de alto riesgo por la Xunta tras episodios graves (listados en el PLADIGA anual).
Si tu finca cae dentro de una franja de 100 m, el nivel de limpieza exigido es más estricto y los plazos más cortos (31 de mayo igual, pero con revisiones adicionales en junio y septiembre).
¿Tienes este problema?
Deja de perder el tiempo leyendo. Selecciona tu provincia y te llamamos hoy mismo.
Evitar la multa4. Nuevas sanciones
Las multas se actualizan al alza:
| Infracción | Antes | Ahora |
|---|---|---|
| Leve (fincas pequeñas) | 1.000 – 3.000 € | 1.200 – 5.000 € |
| Grave (fincas medias) | 3.001 – 30.000 € | 5.001 – 40.000 € |
| Muy grave (gran superficie o reiteración) | 10.000 – 100.000 € | 15.000 – 150.000 € |
| En zona estratégica | — | hasta 200.000 € |
Además, se añade la inhabilitación para recibir ayudas forestales de la Xunta durante 2 a 5 años en caso de infracción muy grave.
5. ¿Qué deberías hacer ya?
- Revisa si tu finca entra en franja de 100 m. Lo publica el PLADIGA 2026, pero el ayuntamiento también lo tiene en el plan municipal.
- Si tienes eucalipto o pino en la franja de 50 m, planifica la corta antes del verano 2027. El plazo máximo son 3 años pero cuanto antes, mejor (el mercado de la madera se saturará si todos cortan a última hora).
- Si estás fuera de Galicia y no gestionas tú la finca, delega en una empresa de desbroce de confianza. Nuestra guía de obligaciones de la franja de 50 m y la calculadora de multas te ayudan a cuantificar el riesgo real.
- Documenta las limpiezas (fecha, factura de la empresa, foto antes-después). Si llega una inspección, es la prueba que te salva.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entra en vigor la reforma?
La norma se publicó en el DOG de septiembre de 2026 y entra en vigor plenamente el 1 de enero de 2027. Los plazos para eliminar eucalipto y pino en franja de 50 m empiezan a contar desde esa fecha.
Tengo un monte de eucalipto que linda con una casa, ¿tengo que cortar todo?
Solo la parte que está dentro de la franja de 50 m medida desde la edificación. El resto del monte puede seguir siendo eucalipto. Pide a un ingeniero de montes que marque la línea exactamente.
¿La prohibición vale también para montes vecinales (MVMC)?
Sí. La ley no distingue entre propiedad privada individual y comunal. Las comunidades vecinales de montes tienen que actualizar sus planes de gestión.
Si el vecino entra a desbrozar sin autorización municipal, ¿puedo denunciarlo?
Sí. La ley solo permite la actuación vecinal con autorización municipal expresa. Si alguien entra sin ese papel, es allanamiento y daños y puedes denunciar.
Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Las cifras y plazos se refieren a la reforma aprobada en septiembre de 2026 y pueden ajustarse en el desarrollo reglamentario posterior.
¿Necesitas ayuda con tu finca o monte?
Un profesional de tu zona puede orientarte sin compromiso.