Impuesto de sucesiones en Galicia: cuánto se paga por heredar fincas y montes
Acabas de heredar unas fincas en Galicia y alguien te dice que tienes que pagar el impuesto de sucesiones. La primera pregunta es cuánto. La segunda es si hay forma de pagar menos. La respuesta a ambas es: depende de lo que hagas y cuándo lo hagas. Si acabas de heredar y no sabes por dónde empezar, consulta nuestra guía completa de herencias de montes en Galicia.
¿Qué es el impuesto de sucesiones?
Es un impuesto que grava lo que recibes cuando alguien fallece y tú eres heredero o legatario. En España está cedido a las comunidades autónomas, lo que significa que Galicia tiene sus propias normas, reducciones y bonificaciones que pueden ser muy diferentes a las de Madrid, Andalucía o Cataluña.
Lo gestiona la Atriga (Axencia Tributaria de Galicia).
¿Cuánto se paga en Galicia por heredar fincas?
El cálculo depende de tres factores principales:
- Valor de lo heredado: El valor real de las fincas, montes, casas y demás bienes que recibes.
- Parentesco: No es lo mismo heredar de un padre que de un tío.
- Patrimonio previo del heredero: Si ya tienes mucho patrimonio, pagas más.
Grupos de parentesco
| Grupo | Quién | Reducción base |
|---|---|---|
| I | Hijos menores de 21 años | 1.000.000€ + 100.000€ por año menor de 21 |
| II | Hijos ≥21, cónyuge, padres, abuelos, nietos | 1.000.000€ |
| III | Hermanos, tíos, sobrinos, suegros | 8.000€ |
| IV | Primos, extraños, parejas no registradas | 0€ |
Lo más importante: En Galicia, los herederos del Grupo I y II (hijos, cónyuge, padres, nietos) tienen una reducción de 1.000.000€ por heredero. Esto significa que si heredas fincas por valor inferior a un millón de euros, no pagas nada de impuesto de sucesiones.
Bonificaciones específicas de Galicia
Reducción por vivienda habitual
Si heredas la vivienda habitual del fallecido, hay una reducción del 99% del valor de la vivienda (hasta un máximo según parentesco), siempre que la mantengas en tu patrimonio durante al menos 5 años.
Reducción por explotación agraria
Esta es la que más interesa a los propietarios de fincas y montes. Si heredas una explotación agraria (finca con actividad agrícola, ganadera o forestal), puedes aplicar una reducción del 99% del valor de la explotación si:
- El fallecido era titular de la explotación agraria.
- El heredero mantiene la explotación durante al menos 5 años.
- El heredero es agricultor profesional o se compromete a serlo en plazo de un año.
Esto puede suponer un ahorro de decenas de miles de euros en herencias de montes con madera, fincas con ganado o terrenos en explotación.
Reducción por empresa familiar o negocio
Si las fincas forman parte de un negocio (por ejemplo, una empresa maderera familiar), puede aplicarse una reducción del 99% del valor del negocio, con requisitos similares a la reducción por explotación agraria.
¿Cuánto valen las fincas a efectos del impuesto?
Aquí es donde muchos herederos se equivocan. El valor que declaras en el impuesto de sucesiones debe ser el valor real de los bienes en la fecha de fallecimiento. Para fincas rústicas:
- Valor catastral: Es una referencia, pero NO es el valor real. Normalmente es muy inferior al precio de mercado.
- Valor de referencia: Desde 2022, la Dirección General del Catastro publica valores de referencia para inmuebles urbanos, pero para fincas rústicas estos valores suelen no existir o ser muy bajos.
- Valor de mercado: Es lo que Hacienda espera que declares. Puedes justificarlo con una tasación profesional.
Consejo: Para fincas rústicas en Galicia, el valor de mercado suele ser bajo (a veces unos pocos miles de euros por parcela). Pero si la finca tiene madera madura, el valor de la madera se suma al del suelo. Si necesitas saber cuánto vale tu monte, consulta nuestra guía de tasación de montes en Galicia.
Plazos: los 6 meses que no puedes olvidar
El plazo para presentar y pagar el impuesto de sucesiones es de 6 meses desde el fallecimiento. Este plazo es estricto:
- Si lo pasas, te aplican recargos: 5% el primer mes de retraso, y subiendo progresivamente.
- Puedes pedir una prórroga de 6 meses adicionales, pero debes solicitarla dentro de los 5 primeros meses desde el fallecimiento. Si la pides en el mes 6, es demasiado tarde.
- La prórroga no es automática: hay que solicitarla expresamente a la Atriga.
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Resolver mi herenciaSi has heredado desde el extranjero, los plazos son los mismos pero la gestión es más compleja. Te lo explicamos en detalle en cómo gestionar una herencia de finca desde el extranjero.
Errores que cuestan dinero
No pedir la prórroga a tiempo
Si ves que no vas a poder liquidar la herencia en 6 meses (normal cuando hay muchos herederos o fincas sin escriturar), pide la prórroga antes del mes 5. Es gratis y te da otros 6 meses.
No aplicar la reducción por explotación agraria
Si la finca heredada tiene actividad forestal (por ejemplo, una plantación de eucalipto en producción), podrías aplicar la reducción del 99%. Muchos abogados generalistas no la aplican porque no conocen el régimen agrario gallego.
Declarar valores demasiado bajos
Si Hacienda considera que has declarado un valor inferior al real, puede hacer una comprobación de valores y liquidarte la diferencia más intereses. Es mejor declarar un valor razonable y justificable que intentar declarar el mínimo posible.
No incluir la madera en el valor de las fincas
Si el fallecido tenía una plantación de eucalipto o pino madura, la madera en pie tiene valor y debe incluirse en la herencia. Si no la declaras y luego la vendes, Hacienda puede detectar la venta y reclamarte.
Olvidar que el impuesto se paga antes de escriturar
No puedes escriturar la herencia ante notario sin haber liquidado antes el impuesto de sucesiones (o al menos haberlo presentado como autoliquidación). Muchos herederos intentan ir al notario directamente y se encuentran con que no pueden avanzar.
¿Se puede aplazar o fraccionar el pago?
Sí. Si el importe del impuesto es alto y no tienes liquidez, puedes solicitar:
- Aplazamiento: Pagar más tarde (con intereses de demora).
- Fraccionamiento: Pagar en cuotas mensuales o trimestrales.
- Pago en especie: En casos excepcionales, entregar bienes de la herencia como pago del impuesto (esto es raro pero legal).
La solicitud se hace ante la Atriga y se resuelve caso por caso.
Ejemplo práctico: herencia de fincas en Lugo
Situación: María hereda de su madre 8 fincas rústicas en Lugo valoradas en 45.000€ en total (suelo + madera), más una casa de aldea valorada en 30.000€. Total: 75.000€.
Cálculo:
- María es hija (Grupo II): reducción de 1.000.000€.
- Base imponible: 75.000€ - 1.000.000€ = 0€.
- Impuesto a pagar: 0€.
María no paga nada de impuesto de sucesiones, pero sí tiene que presentar la autoliquidación igualmente (declaración con resultado cero). Si no la presenta, le pueden sancionar por incumplimiento formal.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones por heredar fincas en Galicia?
En Galicia, los herederos directos (hijos, cónyuge, padres y nietos) tienen una reducción de 1.000.000 de euros por heredero. Esto significa que la mayoría de herencias de fincas rústicas entre familiares directos quedan exentas del impuesto, ya que el valor de las fincas rara vez supera ese umbral. Para parentescos más lejanos (hermanos, sobrinos, primos) las reducciones son mucho menores y sí se suele pagar.
¿Cuál es el plazo para pagar el impuesto de sucesiones en Galicia?
El plazo es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento. Se puede solicitar una prórroga de otros 6 meses, pero debe pedirse dentro de los primeros 5 meses. Si no se presenta en plazo, se aplican recargos progresivos. Es importante recordar que aunque el impuesto salga a cero, hay que presentar la autoliquidación igualmente.
¿Hay que pagar impuesto de sucesiones por la madera de un monte heredado?
Sí, la madera en pie forma parte del valor de la herencia y debe declararse. Si la finca tiene una plantación madura de eucalipto o pino, su valor se suma al del suelo. No declarar la madera y venderla después puede generar una comprobación de Hacienda con recargos e intereses.
¿Se puede aplicar la reducción del 99% por explotación agraria a un monte con eucalipto?
Sí, siempre que el monte se considere una explotación forestal en activo, el fallecido fuera su titular y el heredero mantenga la explotación durante al menos 5 años. Es una de las reducciones más potentes y menos conocidas para herencias de montes en Galicia, y puede ahorrar decenas de miles de euros en impuestos.
Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento jurídico, fiscal ni profesional. Las cifras, plazos y normativas pueden variar. Consulta con un profesional antes de tomar decisiones sobre tu situación concreta.
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